Factura electrónica obligatoria para transacciones comerciales ante el Tribunal Electoral BF04 - 2024
18 de marzo 2024
Transacciones comerciales ante el Tribunal Electoral deben ser documentadas únicamente a través de la Factura Electrónica.
El pasado 17 de enero de 2024, la Dirección General de Ingresos (DGI), con el fin de fortalecer la transparencia y el uso del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá, emitió la Resolución No. 2021-0384 que establece que toda transacción comercial que conste en los informes de ingresos y gastos presentados ante el Tribunal Electoral, deberá estar únicamente registrada y emitir las facturas correspondientes mediante el Sistema de Facturación Electrónica de Panamá (PAC o Gratuito).
El cumplimiento de esta resolución es requisito tanto para empresas proveedoras de bienes y servicios, como para los partidos políticos y candidatos de libre postulación, quienes deberán cumplir con todas las formalidades establecidas en la ley.
Además, esta resolución establece que todas las entidades públicas están obligadas a recibir únicamente la factura electrónica emitida por el Sistema de Facturación Electrónica de Panamá como documento válido para gestionar compras de bienes y servicios con el Estado.
La Resolución No. 2021-0384 también determina que todo procedimiento de solicitud de justificación de excepcionalidad del uso de equipos fiscales y del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá, deberá ser presentado ante la Dirección General de Ingresos para su aprobación.
El cumplimiento de esta resolución es requisito tanto para empresas proveedoras de bienes y servicios, como para los partidos políticos y candidatos de libre postulación, quienes deberán cumplir con todas las formalidades establecidas en la ley.
Además, esta resolución establece que todas las entidades públicas están obligadas a recibir únicamente la factura electrónica emitida por el Sistema de Facturación Electrónica de Panamá como documento válido para gestionar compras de bienes y servicios con el Estado.
La Resolución No. 2021-0384 también determina que todo procedimiento de solicitud de justificación de excepcionalidad del uso de equipos fiscales y del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá, deberá ser presentado ante la Dirección General de Ingresos para su aprobación.
Recuerde que HLB Cheng y Asociados cuenta con un equipo de expertos dispuestos a resolver sus interrogantes. Puede escribirnos a nuestro correo info@chengyasociados.com o llamarnos al 210-6888. Estaremos gustosos de asesorarles.