Impuesto Sobre la Renta para Personas Naturales BF04 - 2024

9 de marzo 2024

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Repasemos algunos datos acerca del Impuesto Sobre la Renta - Persona Natural

 

Las personas naturales obligadas a presentar declaraciones juradas del impuesto sobre la renta tendrán las siguientes fechas:
  1. Hasta el 15 de marzo de 2024 fecha legal de presentación.
  2. Solicitar una prórroga hasta el plazo anterior y se podrá presentar la declaración jurada hasta el 15 de abril de 2024.
Es importante mencionarles que el impuesto sobre la renta a pagar y el aviso de operaciones generados tendrá que ser cancelado hasta el 31 de marzo de 2024.

Nota: si para los efectos anteriores la fecha es un día no hábil, en este caso se mueven los plazos hasta el siguiente día hábil o laboral.


Actualmente existen dos tipos de formularios para las Personas Naturales:
  1. Formulario de Asalariado Puro
  2. Formulario Natural

Formulario de Asalariado Puro:  Debe ser utilizado por  aquellos que devengan salarios con retenciones en la fuente, gastos de representación, salarios en especie, dietas, otros.
Los asalariados puros tienen derecho a las deducciones básicas:
  • Donaciones según los márgenes establecidos en la normativa.
  • Gastos médicos y de sus dependientes, incurridos en la República de Panamá.
  • Intereses hipotecarios hasta un máximo de 15,000.00, que provenga de su vivienda principal y no sean intereses preferenciales.
  • Gastos escolares y de sus dependientes hasta los topes establecidos en la normativa (B/.3,600.00 por dependiente). Discapacitados mantienen un trato preferencial 100% deducibles.
  • Aportes a fondo de jubilación privada un máximo de 15,000.00 o el 10% del ingreso bruto el que sea menor.
  • Intereses por prestamos educativos dentro del territorio, al menos que sean prestamos por el IFHARU.

Formulario Natural:  Es para aquellos contribuyentes que generen otro tipo de actividades económicas distintas y/o adicionales a salarios, por ejemplo, honorarios profesionales, alquileres, comisiones, entre otros y adicional a las deducciones antes indicadas la cuales tendrían derecho, también podrían deducir los costos/gastos necesarios para la conservación y generación de su fuente de renta, ejemplos salarios, atenciones a clientes, alquileres, depreciaciones, otros.

Nota: Dependientes según lo establecido en el Código de la Familia.

Revisa nuestro Boletín 04-2023 "Lo que debes Saber acerca del ISR - Persona Natural", que también contiene información relevante sobre este mismo tema.

Recuerde que HLB Cheng y Asociados cuenta con un equipo de expertos dispuestos a resolver sus  interrogantes.  Puede escribirnos a nuestro correo info@chengyasociados.com o llamarnos al 210-6888.  Estaremos gustosos de asesorarles.
 
HLB Cheng y Asociados.
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