Ponte al día y percibe ahorros en las obligaciones tributarias – Ley 401 BF13 - 2023
27 de octubre 2023
Sobre medidas transitorias de recuperación tributaria, fiscalización abreviada y otras disposiciones contenidas en la Ley 401 del 5 de octubre de 2023
En nuestro reciente Boletín Fiscal 12 - 2023, presentamos las medidas de pago adelantado propuestas en la Ley 401 de 5 de octubre de 2023 que representan un ahorro para los contribuyentes. En este nuevo boletín abordamos los beneficios que ofrece la Ley 401, a los contribuyentes que elijan ponerse al día en las obligaciones tributarias atrasadas. Dichos benefiicos a continuación:
- Condonación del 100% de los recargos e intereses para los contribuyentes que se encuentren morosos por impuestos, tasas o contribuciones especiales, tendrán hasta el 30 de noviembre de 2023 para el pago de los valores nominales totales.
- Condonación del 50% sobre todas las multas cargadas o no en el sistema Etax, siempre que los contribuyentes paguen el 50% de tales multas antes del 30 de noviembre de 2023.
- Las multas del informe de ventas y planilla 03 presentadas de forma tardía para el período fiscal 2022 serán exoneradas. Los créditos que se generen de estas multas generarán un crédito fiscal intransferible y compensando al mismo código de deuda tributaria.
- Los contribuyentes que no puedan aplicar a las nuevas medidas podrían solicitar ante la DGI arreglos de pagos y el poder obtener un porcentaje de condonaciones de recargos, intereses, multas acordes a sus capacidades de pago hasta un plazo de 48 meses.
De igual forma la DGI establece la posibilidad de extender estas medidas, mediante resolución proferida, 30 días adiconales.
Prescripción de oficio:
- Establece la prescripción de oficio para las deudas generadas de los ejercicios fiscales 2015 y anteriores del:
- Impuesto Sobre la Renta
- Seguro Educativo
- Aviso de Operación
- Quedan excluidas los impuestos retenidos, sentencias proferidas y debidamente ejecutoriadas.
- No se tomarán en cuenta las causales de interrupción, salvo fiscalizaciones en curso en cualquier instancia.
- La DGI verificará y en un plazo no mayor a cinco días hábiles y notificará mediante domicilio tributario electrónico una certificación con la suma susceptible de prescripción de manera oficiosa. Es importante que los contribuyentes actualicen la información en el Registro Único.
Fiscalización Abreviada:
- Todo contribuyente sometido a fiscalización ya sea del impuesto sobre la renta, seguro educativo, aviso de operaciones, ITBMS podrá solicitar este procedimiento.
- Quedan excluidos los que están sujetos a presunta comisión de defraudación o evasión fiscal.
- Se deberá presentar una solicitud ante la DGI junto con una certificación de CPA donde se verificará preliminarmente el cumplimiento integral del contribuyente en todos los tributos vigentes administrados por la DGI.
- La DGI tendrá un plazo no mayor a 60 días calendario para aceptar o no y en ningún caso conllevará a un silencio administrativo positivo.
Formas de compensación de créditos fiscales:
- Automática hasta B/.200,000.00
- A solicitud del obligado
- De oficio
De igual forma esta Ley establece actualizaciones en cuanto al Patrimonio Familiar, Vivienda Principal, entre otros aspectos que estaremos desarrollando en la próxima edición de nuestro Boletín Fiscal.
Exhortamos a todos nuestros clientes y lectores a aprovechas estas medias que pueden representar un ahorro significativo en el pago de multas y recargos de tributos ante la DGI.
Recuerde que HLB Cheng y Asociados cuenta con un equipo de expertos dispuestos a resolver sus interrogantes. Puede escribirnos a nuestro correo info@chengyasociados.com o llamarnos al 210-6888. Estaremos gustosos de asesorarles.